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Comunicado del IMSS: Patrones pueden solicitar el Convenio de Pagos en Parcialidades vía remota - (2020-07-21)
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través de su Boletín de Prensa No. 474/2020 de fecha 13 de julio de 2020, dio a conocer que los Patrones pueden solicitar el Convenio de Pagos en Parcialidades vía remota. Como una medida de apoyo a los patrones con créditos fiscales por retrasos en el pago de sus cuotas, el IMSS simplificó el trámite para la suscripción del Convenio de Pagos en Parcialidades. Esta medida facilita al patrón cumplir con sus obligaciones y evita aglomeraciones en la Subdelegación del Instituto. A continuación, le informamos los puntos que consideramos de mayor interés del citado boletín: • Para solicitar el pago en parcialidades, los patrones enviarán un correo electrónico a convenio.orienta@imss.gob.mx, con la siguiente información: tarjeta de identificación patronal, identificación oficial vigente, acta constitutiva de la persona moral donde aparezcan simplemente los datos esenciales, el poder notarial en caso de tener algún representante legal y un escrito libre donde hagan explícita esta solicitud; o bien, a través del número telefónico 800 623 2323, opción 4. • El IMSS dará respuesta mediante correo electrónico, incluyendo la propuesta del convenio y una ficha de pago del banco para realizar el pago correspondiente. • Las cuotas que se pueden diferir corresponden a los seguros que son ingresos para el IMSS: como Invalidez y Vida, Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Guarderías y Prestaciones Sociales. Las cuotas de Retiro, Cesantía y Vejez no se podrán diferir. • La parte de la cuota patronal que se podrá pagar el 20%, para los que suscriban el convenio, y el 80% restante puede ser diferido hasta en un plazo de 12 meses. • La parte que paga el trabajador, al ser una retención, tendrá que ser cubierta al 100%; es decir, no podrá diferirse. • El monto del adeudo queda congelado y solamente se cubre lo correspondiente a la tasa de recargos que establece la Ley de Ingresos; en ese sentido, se suspende cualquier acción de facultades de comprobación de la autoridad para ejercer ese crédito fiscal. • Se evita el cobro de multas, pues el patrón se regulariza de manera espontánea, sin que medie requerimiento del IMSS, por lo que tampoco se requiere la presentación de una garantía de interés fiscal; sin embargo, si en la primera parcialidad o en alguna parcialidad, si se llega a incumplir en el pago, en ese momento el IMSS solicitará la garantía de interés fiscal. La información contenida en el presente es de carácter informativo y no pretende dar asesoría sobre algún caso en particular. En el caso de que requiera alguna orientación específica, antes de tomar cualquier decisión, puede contactarnos y con gusto le atenderemos.
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